La firma especializada, que ya representó a Salvar Torrelavega ante el TSJC, continuará al frente de la dirección letrada en el recurso de casación contra la sentencia del 4 de febrero que avaló la Ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones.
El análisis de la sentencia del TSJC ha permitido identificar varios vicios procedimentales y sustantivos que, a juicio de la plataforma, invalidan la ordenanza de la ZBE desde su origen
Torrelavega, 2 de marzo de 2026. La Plataforma Salvar Torrelavega ha anunciado hoy su decisión de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia dictada el pasado 4 de febrero de 2026 por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que desestimó la demanda de nulidad de la Ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del municipio. La dirección letrada del procedimiento seguirá en manos del despacho especializado Dvuelta, que ya representó a la plataforma en la instancia ante el TSJC y que ahora trasladará la batalla jurídica al Alto Tribunal.
Dvuelta es el despacho de referencia en España en la impugnación de ordenanzas municipales de movilidad y tráfico. La firma ya logró la anulación judicial de la ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Madrid y de la de Gijón, lo que la convierte en el equipo con mayor trayectoria acreditada en la defensa de los derechos de ciudadanos y conductores frente a este tipo de regulaciones.
La trayectoria conjunta de Dvuelta y Salvar Torrelavega arranca desde los primeros pasos del litigio. Fue el despacho que articuló la estrategia jurídica que llevó el caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria y quien identificó los vicios procedimentales y sustantivos que, a juicio de la plataforma, invalidan la ordenanza desde su origen. Ahora, tras la sentencia desfavorable del TSJC, Dvuelta continuará esa misma línea de defensa ante el Tribunal Supremo, con la experiencia añadida de sus victorias frente a los ayuntamientos de Madrid y Gijón.
La Zona de Bajas Emisiones de Torrelavega establece restricciones a la circulación de determinados vehículos en función de su etiqueta medioambiental. Desde su aprobación, la ordenanza ha generado un intenso debate ciudadano y jurídico, con numerosas voces críticas que cuestionan su base técnica, la proporcionalidad de las medidas adoptadas y el rigor del proceso normativo seguido por el consistorio.
Salvar Torrelavega lamenta que el TSJC haya optado por confirmar la validez de la ordenanza pese a reconocer en su propio fallo la existencia de deficiencias en su tramitación. El recurso de casación que Dvuelta formalizará ante el Tribunal Supremo se articulará en torno a tres argumentos jurídicos claramente diferenciados, que la firma considera de interés casacional objetivo y de relevancia para el conjunto del ordenamiento jurídico-administrativo español.
Primer argumento: defectos graves en el procedimiento de elaboración de la norma
El primero y más relevante de los motivos gira en torno a la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN), un instrumento de garantía exigido por la legislación vigente para asegurar que las normas de nueva creación respetan los principios de necesidad, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. En el caso de la ZBE de Torrelavega, el Ayuntamiento tramitó esta memoria por una vía abreviada sin acreditar ni justificar debidamente las razones que le habilitaban para ello, un defecto que Dvuelta ya puso de manifiesto en la demanda presentada ante el TSJC.
Lo que resulta especialmente significativo es que el propio TSJC reconoció en su sentencia esta insuficiencia. Sin embargo, en lugar de extraer las consecuencias jurídicas que corresponden a un vicio de esta naturaleza —la anulación de la norma–, el tribunal optó por calificarlo como un mero «formalismo estéril», restándole toda relevancia invalidante.
Dvuelta rechaza de plano esta interpretación. La MAIN no es un trámite burocrático prescindible sino una garantía sustantiva del procedimiento de elaboración de normas, cuya omisión o cumplimiento defectuoso compromete la legitimidad de la regulación aprobada. El Tribunal Supremo deberá pronunciarse sobre si los tribunales inferiores pueden relativizar de este modo el incumplimiento de requisitos procedimentales expresamente establecidos por el legislador.
Segundo argumento: ausencia de memoria económica propia y rigurosa
El segundo motivo se centra en la falta de una memoria económica específica para la ordenanza. Este documento, exigido con carácter general para las disposiciones normativas de cierta entidad, tiene por objeto acreditar que la Administración ha evaluado de forma rigurosa el impacto económico y presupuestario de la norma, así como su viabilidad y sus consecuencias para los ciudadanos y las actividades económicas afectadas.
El Ayuntamiento de Torrelavega no elaboró una memoria económica propia y específica para la ordenanza. En su lugar, el TSJC aceptó como sustituto válido el denominado Informe DOYMO, un documento técnico redactado con una finalidad diferente y en un momento anterior al proceso normativo. Dvuelta ya impugnó esta sustitución en la instancia y ahora llevará la cuestión al Tribunal Supremo para que fije doctrina sobre los límites de este tipo de soluciones.
Una regulación que afecta directamente a la movilidad de miles de ciudadanos y a la actividad de numerosas empresas y autónomos de la comarca no puede carecer de una justificación económica elaborada ad hoc y adaptada a su contenido concreto. El Tribunal Supremo debe clarificar en qué condiciones puede admitirse la sustitución de la memoria económica preceptiva por informes previos de distinta naturaleza y alcance, una cuestión con evidente proyección general sobre la validez de los procedimientos normativos municipales en toda España.
Tercer argumento: falta de motivación ante restricciones más severas que las recomendadas por los propios técnicos municipales
El tercero de los motivos apunta directamente a la arbitrariedad en el ejercicio de la potestad reglamentaria municipal. El Ayuntamiento de Torrelavega impuso en la ordenanza restricciones a la circulación de vehículos más severas que las que sus propios informes técnicos habían recomendado como adecuadas y proporcionadas, sin ofrecer una justificación que explicara esa divergencia.
La jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo exige que, cuando una Administración decide apartarse del criterio de sus propios expertos para adoptar una decisión más restrictiva o gravosa para los ciudadanos, ofrezca una justificación reforzada y suficientemente motivada. Esta exigencia responde a la necesidad de preservar la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, consagrada en el artículo 9.3 de la Constitución Española, y fue uno de los ejes centrales de la argumentación de Dvuelta ante el TSJC.
El Ayuntamiento no ofreció esa justificación reforzada y la sentencia del TSJC tampoco reparó en esta omisión. Salvar Torrelavega y Dvuelta sostendrán ante el Tribunal Supremo que la potestad normativa municipal no es ilimitada y que toda restricción de derechos que supere lo recomendado por los propios servicios técnicos de la Administración exige una motivación explícita, razonada y proporcionada.
Perspectivas del recurso
Con Dvuelta al frente de la estrategia jurídica, como lo ha estado desde el inicio del litigio, Salvar Torrelavega confía en que el Tribunal Supremo aprecie en los tres motivos expuestos las cuestiones de interés casacional necesarias para la admisión del recurso. La firma ya demostró con las ordenanzas de Madrid y Gijón que este tipo de normas municipales presentan vulnerabilidades jurídicas estructurales cuando no se tramitan con el rigor procedimental que exige la ley.
El objetivo último de la asociación es lograr que el Alto Tribunal declare la nulidad de la Ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones de Torrelavega y restaure la plena legalidad en la regulación de la movilidad en la ciudad.